3 de diciembre de 2024
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  • Se contribuye a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, reducir la impunidad asociada a la investigación y administración de justicia en los casos de muertes violentas de mujeres

De la Redacción

Martes 31 de octubre de 2023

Tlaxcala, Tlax. Durante la décima octava sesión ordinaria del Congreso del estado de Tlaxcala, las y los integrantes de la LXIV Legislatura aprobaron el dictamen con proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 223, y se adiciona un párrado segundo al artículo 220, ambos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano del Estado de Tlaxcala, presentado por las Comisiones Unidas de Igualdad de Género y Contra la Trata de Personas y la de Puntos Constitucionales, Gobernación y Justicia y Asuntos Políticos, que presiden las diputadas Lorena Ruiz García y Reyna Flor Báez Lozano, respectivamente. 

Con la aprobación de este dictamen se contribuye a garantizar el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia, reducir la impunidad asociada a la investigación y administración de justicia en los casos de muertes violentas de mujeres, y procurar que las víctimas indirectas puedan acceder a una investigación adecuada, además de un proceso en el que haya condiciones para sancionar a los victimarios. 

De esta manera a los abogados y defensores les asistirá una excluyente de responsabilidad penal, eventualmente en su modalidad de causa de justificación, y no una excusa absolutoria, con relación al delito de encubrimiento, debido a que la actividad del abogado y específicamente del defensor, en cuanto al secreto profesional que debe a su cliente, no deben estarse constitutivas del delito de encubrimiento. 

De esta manera, se adiciona un párrafo segundo al artículo 220, en donde se establece que “No constituirían encubrimiento las conductas de abogados y defensores, realizadas en ejercicio de su profesión o en cumplimiento de su encomienda”.

Respecto a la reforma del artículo 223, se establece que “Estará exento de las penas previstas para los encubridores, quien oculte al autor de un hecho calificado por la Ley como delito o impida que se investigue, siempre que el sujeto tenga la calidad de ascendiente o descendiente consanguíneo, en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado; por adopción o por afinidad hasta el segundo grado; cónyuge, concubino o persona ligada con el sujeto activo por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad”.

Cabe señalar que, la iniciativa fue propuesta por el diputado Juan Manuel Cambrón Soria, quién durante la aprobación reconoció y agradeció la labor de las comisiones dictaminadoras, y resaltó la importancia de la aprobación de dicha iniciativa, la cual contribuye a tratar de inhibir conductas ilícitas, principalmente aquellas que afectan a los derechos de las mujeres.

El Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala. 

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